TU ABOGADO DEFENSOR: BUFETE ABOGADOS VAZQUEZ&VENTURA   -- At. Cliente: 902.99.58.51 -- Usted está aquí: VIVIENDA ARRENDAMIENTOS 

GESTIONES JURIDICAS  GESTIONES Y RECURSOS

RÉGIEMN DE VIVIENDAS GESTIONES Y RECURSOS

Auditores LOPD

Asesoría Line Legal

 VIVIENDA

 
  Propiedad

Contratos civiles

Comun.Propietarios

Admon de Fincas

 
  Arrend Local negocio

Arrendamientos

Derechos Inquilino

Derechos Propietario

Traspaso Local negocio

 
  Bolsa Venta vivienda
 
  Bolsa de Alquiler  

TODO SOBRE ARRENDAMIENTOS


CONTRATOS CIVILES  --  DERECHOS SOBRE VIVIENDAS-- DERECHOS DEL PROPIETARIO Y DERECHOS DEL INQUILINO


Arrendamiento de Local de negocio

Arrendamiento de Vivienda

Arrendamiento rustico

Contratos civiles

Derechos del Inquilino

Derechos del Propietario

FOMENTO DEL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

La Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica (BOE núm. 271 de 12 de noviembre), en su Título II, trata sobre el FOMENTO DEL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS, modificando, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 27 de abril de 2003, en que se añade un Capítulo III en el título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, que ahora queda redactado y modificado por el artículo 3 de la precitada Ley 36/2003.

Boletin Oficial del Estado

OTRO TIPO DE ARRENDAMIENTO

ARRENDAMIENTO DE OBRA O SERVICIO

El arrendamiento de obra tiene por objeto la ejecución de una obra, pudiendo quien la ejecuta aportar tan sólo su trabajo e industria o también los materiales, y tiene como ejemplo paradigmático la construcción de edificios. Por su parte, el de servicios ha sido sustituido por el contrato de trabajo en multitud de casos, que antes entraban en su esfera y hoy se reduce a la contratación de profesionales liberales o de trabajadores autónomos.

Copyright © 2003-2008 tuabogadodefensor.com
Última modificación: 04 de enero de 2008