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LA PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

Prestación por desempleo

 La protección de nivel contributivo se denomina "Prestación por desempleo"; para el acceso a la misma se requiere, además de cumplir los requisitos que más adelante se indican, la cotización previa del trabajador a la Seguridad Social por esta contingencia.

Demandante de empleo, es aquel que solicita un puesto de trabajo, bien por su pretensión de mejora de puesto o por encontrarse desempleado.

La demanda de empleo puede instarse en:

a) Oficinas de Empleo de las Comunidades Autónomas.
b) Servicios Europeos de Empleo
c) Registros de demandantes de empleo en el Exterior.

a) Oficinas de Empleo de las Comunidades Autónomas:

--
Aquellas que le corresponda según el domicilio del solicitante.
--Debe presentarse personalmente.
--Puede solicitar más de un puesto de trabajo.
--La Oficina de Empleo le entregará un volante o tarjeta justificativa.

Requisitos para apuntarse como demandante de empleo en las Oficinas:

-- Ser español o nacional de país miembro de la Unión Europea o de Islandia, Noruega o Liechtenstein, países firmante del Acuerdo Shengen, así como cónyuge o hijo menor de 21 años, o mayor de esa edad a su cargo.
--Ser trabajador extranjero no comunitario, con permiso de trabajo o certificación del departamento correspondiente el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
--Tener más de 16 años.
--No tener ninguna indisponibilidad para trabajar, (incapacidades, invalidez, etc.).

b) Servicios Europeos de Empleo:

Los ciudadanos de la Unión Europea y del Espació Económico Europeo tienen derecho a la libre circulación por estos territorios. Por ello se creó la Red de Servicios Europeos de Empleo (EURES) que facilita el acceso a las ofertas de empleo en estos países por los trabajadores de cualquiera de ellos.

La duración de la prestación por desempleo está en función del período de ocupación cotizada, en regímenes de la Seguridad Social que contemplen esta contingencia en los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o, en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a la siguiente escala:

Período de ocupación cotizada en los 6 últimos añoss

Duración de la prestación

Desde 360 hasta 539 días

120 días

Desde 540 hasta 719 días

180 días

Desde 720 hasta 899 días

240 días

Desde 900 hasta 1.079 días

300 días

Desde 1.080 hasta 1.259 días

360 días

Desde 1.260 hasta 1.439 días

420 días

Desde 1.440 hasta 1.619 días

480 días

Desde 1.620 hasta 1.799 días

540 días

Desde 1.800 hasta 1.979 días

600 días

Desde 1.980 hasta 2.159 días

660 días

Desde 2.160 días

720 días

CUANTÍA

Está en función de la Base Reguladora que tenga el trabajador. La base reguladora será el promedio de las bases de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, excluida la retribución por horas extraordinarias, por las que se haya cotizado durante los últimos 180 días precedentes a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

El importe a percibir será:

-Durante los 180 primeros días, el 70% de la Base Reguladora.

- A partir del día 181, el 60% de la Base Reguladora.

Los importes así calculados no podrán ser superiores al tope máximo ni inferiores al tope mínimo establecidos.

Documentación a presentar para el reconocimiento de la prestación por desempleo:

Los trabajadores deberán solicitar la prestación de desempleo en la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, acompañando los siguientes documentos:

Solicitud de la prestación en modelo normalizado que facilitará la Oficina del Servicio Público de Empleo.

Documento acreditativo de la situación legal de desempleo o de la situación considerada como tal, en su caso.

Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos 6 meses.

Modelo oficial de Compromiso de Actividad.

Potestativamente, se prestará autorización para recabar información tributaria del solicitante y de los miembros de su unidad familiar, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados, si la empresa no estuviera integrada en el sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Documentos de identificación y afiliación.

Declaración de cargas familiares y rentas, en modelo normalizado, que facilitará la Oficina del Servicio Público de Empleo, a efectos de topes de la prestación

Impreso de domiciliación en cuenta de la prestación, si el trabajador opta por este sistema de pago.

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Última modificación: 19 de julio de 2008