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| Consiste
en autorizar la circulación de un vehículo a nombre de un
nuevo titular |
MODOS DE REALIZAR EL CAMBIO
NOTIFICACIÓN DE TRANSMISIÓN. DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS NECESARIOS.
SOLICITUD DE TRANSMISIÓN. DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS NECESARIOS.
OTRA INFORMACIÓN
MODELOS
DE SOLICITUD Puede
visualizar, a título informativo, los modelos de impresos.
MODOS
DE REALIZAR EL CAMBIO
Se puede hacer de
dos formas:
- Notificación de Transferencia: el vendedor notifica a la Jefatura de
Tráfico la transmisión del vehículo y posteriormente el adquirente
solicita la inscripción a su favor.
- Solicitud de Transferencia: el transmitente y el adquirente solicitan
de forma conjunta el cambio de titularidad.

NOTIFICACIÓN
DE TRANSMISIÓN
-
Requisitos y documentación necesaria:
1. Solicitud en impreso oficial facilitado por la Jefatura
de Tráfico con los datos del comprador y los datos y firma del
vendedor.
En el supuesto de que el comprador sea un compraventa habrá de estar
firmada por él.
Si es menor de edad o incapacitado constarán también los datos y firma
del padre, la madre o el tutor.
Si el vehículo está matriculado a nombre de varias personas, se
presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola
tasa.
2. Tasa
IV.1 por el importe legalmente establecido.
3. Documentación de quien transmite:
a) Si se trata
de personas físicas:
A.1.
Nacionales:
· Original del DNI en vigor.
Si no lo tiene, ha de presentar:
- Resguardo de haberlo solicitado
- Libro de Familia, Pasaporte, Permiso de Conducir u otro documento que
acredite los datos del DNI.
En caso de menores de edad o incapacitados, además presentarán:
- Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor
- Original del documento que acredite el concepto en que actúan, (ej.
Libro de Familia, resolución judicial, etc.).
A.2.
Extranjeros:
- Declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en
España o el número de identificación que figure en el Permiso de
Conducir español del que sea o hubiera sido titular.
- Original de la Tarjeta de Residencia en vigor.
Si no la tiene, ha de presentar:
I- Documento original en el que figure el N.I.E o un Certificado de la
Policía en el que conste que no se le puede expedir dicho documento.
II- Original del Documento Nacional de Identidad de su país si
pertenece al Espacio Económico Europeo o Pasaporte o Certificado de
Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país.
III- Documento original que acredite su domicilio en España, Ej.
Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o
certificado policial.
En caso de menores de edad o incapacitados además presentarán:
- Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o
tutor.
- Original del documento que acredite el concepto en que actúan, (ej.
Libro de Familia, resolución judicial, etc.).
Si ha cambiado de domicilio a otra provincia y éste no figura en
su DNI o Tarjeta de residencia y desea efectuar el trámite en la
Jefatura de la Provincia de su nuevo domicilio, deberá llevar
Certificado original de empadronamiento o Tarjeta censal.
b) Si se trata
de personas jurídicas:
- Original del CIF.
- Original del DNI., pasaporte, Tarjeta de residencia del representante
que firma la solicitud.
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de
la sociedad (Poder notarial o Escritura de constitución inscrita en el
Registro Mercantil).
4. Documentación
del vehículo:
- Original del Permiso o Licencia de Circulación.
- Original y fotocopia del documento acreditativo de la transmisión
(contrato de compraventa, o factura de venta).
Si el vehículo
fue entregado a un compraventa como parte del precio de otro vehículo,
se presentará original y fotocopia del documento justificativo de su
entrega.
5. Justificante del pago del último recibo puesto al cobro, o
exención del impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica:
- Original y fotocopia.
6. Si se trata
de un vehículo especial agrícola:
- Documento original acreditativo de la baja en el Registro Oficial de
Maquinaria Agrícola.
7.
Autoliquidación del impuesto especial sobre determinados medios de
transporte:
En los casos de vehículos que en su primera matriculación definitiva
tuvieron exención de éste impuesto, y se solicitase la transmisión
antes de transcurridos cuatro años desde su matriculación, o dos años
si son vehículos destinados a autoescuela o alquiler sin conductor, o
12 meses si la exención fue por cambio de residencia del titular desde
el extranjero a territorio español.
-
Impedimentos y Notas:
En el caso
de constar en el Registro de Vehículos la constitución de cualquier
limitación de disposición, no se realizará el cambio de titularidad,
debiendo solicitarse directamente la previa cancelación en el Registro
de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la persona favorecida
por tal inscripción.
Impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que
consten en el Registro General de Vehículos.
Si ha transmitido
su vehículo a un compraventa, la notificación de transmisión supone
su baja temporal .
Si ha transmitido
su vehículo a un particular se anotará el cambio de titularidad, pero
no se expedirá el permiso ni licencia de circulación.
Cuando la
documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la
persona que lo represente deberá aportar:
El original de su propio DNI.
Autorización del adquirente para realizar el trámite, donde exprese el
carácter gratuito de la citada representación.

SOLICITUD
DE TRANSMISIÓN.
-
Requisitos y documentación necesaria:
Obligaciones
del adquirente (el que compra o se queda con el vehículo).
El adquirente ha de efectuar la transferencia en la Jefatura de Tráfico
de la provincia de su domicilio o en la que se matriculó el vehículo,
salvo que la transferencia la presente de forma conjunta con el
transmitente, en cuyo caso lo puede hacer también, en la Jefatura del
domicilio de éste, para ello ha de presentar los documentos siguientes:
1. Solicitud en
impreso oficial facilitado por la Jefatura
de Tráfico con los datos y firma del adquirente.
En el caso de que el transmitente no hubiera notificado la transmisión,
deberá figurar también datos y firma. En el caso de haber comprado el
vehículo a un compraventa, deberá figurar en la solicitud:
a) Los datos de identidad y domicilio del transmitente que se lo entregó
en su día al compraventa.
b) Los datos del propio compraventa.
c) Los datos del adquirente.
Si es menor de edad o incapacitado el que adquiere el vehículo constarán
también en la solicitud los datos y firma de la persona que lo
representa, así como el concepto en que lo hace ( padre, madre o
tutor).
Si el vehículo se va a inscribir a nombre de varias personas, se
presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola
tasa.
2.
Tasa I.5 o I.6 si es un ciclomotor, por el importe legalmente
establecido. Consulte la información sobre tasas.
3. Documentación
de las personas interesadas.
En este caso, tanto el adquirente como el transmitente, salvo que éste
último hubiera presentado la notificación de transmisión caso en el
que no es necesario que se aporte ninguna documentación de él, ni su
firma en la solicitud.
a) Si se trata
de personas físicas:
A.1. Nacionales:
- Original del DNI en vigor. Si no lo tiene, ha de presentar:
- Resguardo de haberlo solicitado.
- Libro de Familia, Pasaporte, Permiso de conducir u otro documento que
acredite los datos del DNI.
En caso de menores
de edad o incapacitados, además presentarán:
- Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto en que actúan, (ej. Libro
de Familia, resolución judicial, etc.).
Si el vehículo se
va poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y
desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:
- Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año
en curso.
A..2.
Extranjeros:
- Declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en
España o del número de identificación que figure en el Permiso de
Conducir español del que sea o hubiera sido titular.
- Original de la Tarjeta de residencia en vigor
Si no la tiene, ha
de presentar:
- Documento original en el que figure el N.I.E o un Certificado de la
Policía en el que conste que no se le puede expedir dicho documento.
- Original del Documento Nacional de Identidad de su país si pertenece
al Espacio Económico Europeo o - Pasaporte o Certificado de
Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país.
- Documento original que acredite su domicilio en España. Ej. Escritura
de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado
policial.
En caso de menores
de edad o incapacitados , además presentarán:
- Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o
tutor.
- Documento original que acredite el concepto en que actúan, (ej. Libro
de Familia, resolución judicial, etc.).
Si el vehículo se
va a poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y
desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:
- Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año
en curso.
Si ha
cambiado de domicilio y éste no figura en su DNI o Tarjeta de
residencia deberá llevar:
Si
el nuevo domicilio está en otro Ayuntamiento:
- Certificado original de empadronamiento o tarjeta censal.
Si el nuevo
domicilio está en el mismo Ayuntamiento:
- El original de cualquier documento o recibo en el que figure. (Ej.
recibo del teléfono, luz, agua).
b)Si se trata
de personas jurídicas:
- Original del CIF.
- Original del DNI, Pasaporte, Tarjeta de Residencia del representante
que firma la solicitud.
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de
la sociedad (Poder notarial o Escritura de constitución inscrita en el
Registro Mercantil).
Si se desea
domiciliar el vehículo en el domicilio de una Sucursal, deberá aportar
además: o Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas
del año en curso.
4. Documentación
del vehículo:
- Original de la Tarjeta de inspección Técnica con la inspección en
vigor o del Certificado de Características.
- Original del Permiso o Licencia de circulación excepto si el
transmitente notificó la transmisión ya que en este caso el adquirente
no tendrá este documento.
Cuando el vehículo se adjudique judicialmente o por subasta:
- Original y fotocopia del acta de adjudicación que sustituirá los
requisitos del transmisor.
5. Justificante del pago del último recibo puesto al cobro, o de la
exención del impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica:
- Original y fotocopia. Excepto si el transmitente notificó la
transmisión.
En el supuesto de
haber comprado el vehículo a un compraventa, sólo se presentará si la
transferencia se solicita fuera del año natural en el que el vehículo
fue dado de baja temporal por transmisión.
6.
Autoliquidación o documento que acredite la exención o no sujeción
del impuesto sobre transmisiones patrimoniales salvo que el vendedor sea
una empresa de compraventa de vehículos, puesto que en este caso la
operación está sujeta al IVA que se reflejará en la factura.
La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las
Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la
Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la
Administración Estatal de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y
Melilla.
7. Documento
original que acredite la adquisición del vehículo.
Este documento no será necesario si el transmitente notificó la
transmisión.
En el caso que el transmitente sea un compraventa habrá de presentarse
original y fotocopia de la factura de venta.
Si el vehículo se adquiere por subasta o sentencia judicial habrá de
presentar original y copia del acta de adjudicación.
8. Documento
que acredite el pago la exención o no sujeción del impuesto especial sobre
determinados medios de transporte:
- Original y fotocopia en los casos de vehículos que en su primera
matriculación definitiva tuvieron exención de éste impuesto, y se
solicitase la transmisión antes de transcurridos cuatro años desde su
matriculación, o dos años si son vehículos de autoescuela o alquiler
sin conductor, o 12 meses si la exención fue por cambio de residencia
del titular desde el extranjero al territorio español.
No será necesario presentar este documento si el transmitente notificó
la transmisión.
La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las
Delegaciones Provinciales del Ministerio de Hacienda de la provincia de
su domicilio.
9. Documento
original acreditativo de la baja y el alta en el Registro Oficial de
Maquinaria Agrícola si se trata de un vehículo especial agrícola
no será necesario presentar el documento de la baja si el transmitente
notificó la transmisión.
10. Certificado
original de la Consejería de Transportes de que posee o está en
condiciones de obtener el título habilitante correspondiente si son vehículos
de transporte de viajeros con una capacidad superior a 9 plazas,
incluida la del conductor, así como los vehículos de transporte de
mercancías o mixtos con una masa máxima autorizada superior a seis
toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3,5 toneladas incluida
la cabeza tractora.
11. Si la transferencia se refiere a un vehículo matriculado en
Canarias, Ceuta o Melilla y se importa a la Península o a las Illes
Balears, se aportará certificado de aduanas que acredite el
cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nota: Si el vehículo
tiene una matrícula con siglas de otra provincia y se solicita simultáneamente
la transferencia y una nueva matrícula, deberá aportar nueva Tarjeta
de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa Inspección
Técnica del vehículo y abonar la tasa I.1. legalmente prevista
(Consulte la información sobre tasas).
-
Impedimentos:
La
constancia en el Registro de Vehículos de cualquier limitación de
disposición, cuando el vendedor no hubiera notificado la transmisión,
impedirá el cambio de titularidad, debiendo solicitar directamente la
previa cancelación de dicha limitación, en el Registro de Bienes
Muebles, salvo que la persona favorecida por tal inscripción dé su
consentimiento expreso.
El impago de
sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el
Registro de Vehículos.
La existencia de
orden de precinto , que supondrá la no-emisión del permiso de
circulación.
El tener caducada
la Inspección Técnica periódica, que supondrá la no entrega del
permiso de circulación hasta que no se acredite la Inspección Técnica
en vigor.
Cuando la
documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la
persona que lo represente debe aportar:
- Original de su propio DNI.
- Autorización del adquirente para realizar el trámite, donde exprese
el carácter gratuito de la citada representación.

OTRA
INFORMACIÓN
Forma
de iniciación: A solicitud
del interesado.
Tipo
de procedimiento: Autorizaciones.
Órgano
que resuelve el procedimiento: Las Jefaturas Provinciales
de Tráfico.
Plazo
máximo para resolver y notificar: 3 meses.
Efectos
de la falta de resolución en plazo: Desestimatorios.
Fin
de la vía: La resolución del procedimiento no pone fin
a la vía administrativa.
Recurso
que se puede interponer: Alzada.
Plazo
de interposición del recurso: 1 mes si el acto fuera
expreso o 3 meses si no lo fuera.
Órgano
que resuelve el recurso: Director General de Tráfico.
Modelo
de Solicitud: Sí
Normativa:
* REAL
DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, DE 2 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL
TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRAFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A
MOTOR Y SEGURIDAD VIAL (BOE Nº 63, DE 14 DE MARZO Y DE 3 DE AGOSTO),
MODIFICADO POR LA LEY 5/1997, DE 24 DE MARZO (BOE Nº 72, DE 25 DE
MARZO) Y POR LA LEY 59/1997, DE 19 DE DICIEMBRE (BOE Nº 304, DE 20 DE
DICIEMBRE).
* REAL DECRETO 1778/1994, DE 5 AGOSTO, POR EL QUE SE ADECUAN A LA LEY
30/1992 LAS NORMAS REGULADORAS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO,
MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DE LAS AUTORIZACIONES (BOE Nº 199, DE 20 DE
AGOSTO).
* REAL DECRETO 2822/1998, DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL
REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS (BOE Nº 22 Y 38, DE 26 DE ENERO Y 13
DE FEBRERO DE 1999).
* LEY 14/2000, DE 29 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS
Y DEL ORDEN SOCIAL, PUNTO 2 DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO
NOVENA (BOE N.º 313, DE 30 DE DICIEMBRE).
Otros
medios de información:
Teléfono llamada
gratuita: 900 123 505
Dirección
de internet:
www.dgt.es
Localización
geográfica de Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico:

GESTIONES
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