|
FIRMA ELECTRÓNICA COMO
MEDIDA DE SEGURIDAD EN INTERNET
El
desarrollo de la sociedad de la información y la
difusión de los efectos positivos que de ella se derivan, exigió la
generalización de la confianza de los ciudadanos en las comunicaciones
telemáticas. Como respuesta a esa necesidad de conferir seguridad
a las comunicaciones por Internet surge, entre otros, la firma
electrónica, constituyendo un instrumento capaz de permitir una
comprobación de la procedencia y de la integridad de los mensajes
intercambiados a través de redes de telecomunicación, ofreciendo las
bases para evitar el repudio.
-
Identificación del firmante:
la firma identifica al firmante de forma
única igual que su firma manuscrita.
-
Integridad del contenido firmado:
es posible verificar que los documentos
firmados no hayan sido alterados por
terceras partes.
-
No
repudio del firmante:
un documento firmado electrónicamente no
puede repudiarse por parte de su
firmante.
"La firma electrónica, es la firma que
permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior
de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera
única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios
que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.
La firma electrónica reconocida tendrá
respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo
valor que la firma
manuscrita en relación con los consignados en
papel.
El soporte en que se halle los datos
firmados electrónicamente será admisible como prueba documental en
juicio. Si se impugnare la autenticidad de la firma electrónica
reconocida, con la que se hayan firmado los datos incorporados al
documento electrónico, se procederá a comprobar que por el prestador
de servicios de certificación que expide los certificados
electrónicos, se cumplen todos los requisitos establecidos en la ley
en cuanto a la garantía de los servicios ..."
-
La firma electrónica está basada en
algoritmos criptográficos
asimétricos
en los que son necesarias un par de
claves para el intercambio de la
información:
una
clave pública y una clave privada.
-
La clave privada se almacena en el
equipo del emisor y
solamente es conocida por él.
- La
clave pública es
distribuída entre todos los
posibles destinatarios de nuestros
mensajes o documentos firmados.
- La
clave pública y la privada están
relacionadas de modo que
lo que cifra una
lo puede descifrar la otra. La
clave privada debe ser
secreta, la
pública no es necesario que lo sea.
EL CERTIFICADO
ELECTRÓNICO
Los certificados electrónicos, son documentos electrónicos que relacionan las
herramientas de firma electrónica en poder de cada usuario con su
identidad personal, dándole así a conocer en el ámbito telemático
como firmante.
La Ley obliga a los prestadores de servicios de
certificación a efectuar una tutela y gestión permanente de los
certificados electrónicos que expiden.
Asimismo, se establece una clase particular de
certificados electrónicos denominados certificados reconocidos, que
son los certificados electrónicos que se han expedido cumpliendo
requisitos cualificados en lo que se refiere a su contenido, a los
procedimientos de comprobación de la identidad del firmante y a la
fiabilidad y garantías de la actividad de certificación electrónica.
-
Para poder firmar digitalmente
documentos es necesario disponer de un
certificado digital.
-
Un certificado es un documento
electrónico que es expedido por una
Autoridad de
Certificación y que
identifica a una
persona (física o jurídica) con
un
par de claves.
- La
misión del certificado es, como su
nombre indica,
validar y certificar que una
firma electrónica se corresponde con una
persona o entidad concreta.
-
Contiene la información necesaria para
firmar
digitalmente e
identificar a su propietario.
- Entre
otros datos que se incluyen en el
certificado de usuario están: nombre,
NIF, algoritmo y claves de
firma, fecha de expiración y organismo
que lo expide.
- La
misión de la Autoridad de Certificación
es dar fe
de que la firma electrónica se
corresponde con un
usuario concreto.
- Con el
fin de cumplir esto las Autoridades de
Certificación deben
mantener y
proteger todos los datos de los
certificados que expiden.
Como resortes de seguridad jurídica, la ley
exige, por un lado, una especial legitimación para que las personas
físicas soliciten la expedición de certificados; por otro lado,
obliga a los solicitantes a responsabilizarse de la custodia de los
datos de creación de firma electrónica asociados a dichos
certificados, todo ello sin perjuicio de que puedan ser utilizados
por otras personas físicas vinculadas a la entidad.
TIPOS DE
CERTIFICADOS DIGITALES
-
Personales:
para autenticación, firma y/o cifrado.
También se puede certificar atributos de
la persona (extensiones), tales como
rangos, roles...
-
Servidor:
para autenticación, confidencialidad,
integridad y/o cifrado. (VPN, servidores
SSL...)
-
Software (firma de
código): para autenticación y/o
integridad.
-
Entidad:
para autenticación.
SEGURIDAD INFORMÁTICA
El desarrollo de Internet y el uso
masivo ha propiciado que cada vez más usuarios realicen
transacciones comerciales a través de "LA RED", realizando compras
de todo tipo, bienes muebles (cámaras de fotografía, prendas de
vestir, entradas a cines o teatros, etc.) ello significa que los
datos tanto personales como económicos circulan por Internet y a
veces incluso se mantienen en el propio ordenador personal, siendo
muy vulnerables a cualquier ataque externo malicioso, por ello uno
de los principales mandamientos es ESTAR AL
DÍA EN EL SOFTWARE DE PROTECCIÓN de nuestro ordenador por lo
que es conveniente siga unos consejos básicos (INTECO):
Navegación
- Para
evitar virus, descarga
los ficheros solo de fuentes confiables.
-
Descarga los programas
desde las páginas oficiales para
evitar suplantaciones.
-
Analiza con un
antivirus todo lo que descargues
antes de ejecutarlo.
-
Mantén actualizado el
navegador para protegerlo contra los
últimos ataques.
- Como apoyo
para saber si una página es confiable
utiliza analizadores
de URLs.
- Configura
tu navegador para que sea seguro.
-
Ten precaución con las
contraseñas que guardas en el navegador,
y utiliza siempre una contraseña maestra.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE SEGURIDAD:
EN INTERNET NO
CREAS TODO LO QUE SE DICE, POR MUY LLAMATIVO QUE
SEA, ES COMO LA VIDA REAL, CREE SOLO EN SITIOS
DE CONFIANZA Y PERSONAS DE CONFIANZA.
DUDA SIEMPRE
CUANDO TE PIDAN TUS DATOS PERSONALES Y MÁS LOS
ECONÓMICOS.
NO TE FÍES DE
REGALOS A CAMBIO DE MANDAR TUS DATOS PERSONALES.
NADIE TE VA A
REGALAR UN CONTRATO DE TRABAJO A CAMBIO DE NADA,
DESCONFÍA DE QUIÉN TE OFRECE UN TRABAJO A CAMBIO
DE EXPONER O REMITIR TUS DATOS PERSONALES Y
ECONÓMICOS.
PROCURA QUE EN LOS
CORREOS QUE REENVÍES NO FIGUREN OTROS CORREOS
ADJUNTOS DE TUS AMISTADES, FAMILIARES, ETC.
NO ABRAS CORREOS -
e-mails -QUE CONTENGAN DATOS O FICHEROS ADJUNTOS
QUE DESCONOZCAS.
NO TE FÍES DE LOS
CORREOS QUE INDIQUEN QUE HAS RECIBIDO UN PREMIO,
QUE TE HA TOCADO LA LOTERÍA, QUE HACIENDA TE
DEVUELVE UNA CANTIDAD DE DINERO, SIN QUE LO
ESPERES DE ANTEMANO.
PROCURA ENVIAR TUS
DATOS ENCRIPTADOS, EN LAS TRANSACCIONES
ELECTRÓNICAS O COMPRAS, PROCURA QUE LA PÁGINA
TENGA EL PROTOCOLO HTTPS.
NOTA: Se
autoriza la reproducción de esta página total o parcial, con tal que
figure un enlace a
www.tuabogadodefensor.com
|