Abogados de afectados Banco Madrid

AFECTADOS BANCO MADRID

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Abogados de afectados Banco Madrid

El Banco Madrid, es un banco español, que se constituyó con un capital social de 19 millones de euros, especializado en banca privada y gestión de patrimonios, gestionando su patrimonio junto a la sociedad de valores, y la sociedad gestora Banco Madrid Gestión de Activos (BMGA) y que como las demás entidades financieras españolas, se encuentra supervisada por el Banco de España.

Banco Madrid es una entidad de crédito inscrita en el Registro del Banco de España con el número de codificación 59, y en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 4571, folio 61, sección 8ª, y hoja M-75.275. Tiene asignado el Código de Identificación Fiscal número A-28014207 y domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana, nº 2-A.

En el año 2001 la entidad Kutxa adquirió la ficha de Banco Madrid a Deutsche Bank y en mayo de 2010, La Kutxa comunicó la venta de Banco Madrid a Banca Privada de Andorra por más de 100 millones de euros, haciéndose efectiva la venta en el año 2011, realizándose desde ese momento, una política de adquisiciones de entidades crediticias y gestoras de fondos de inversión como Liberbank o la gestora de fondos del Banco Mare Nostrum.

Durante el ejercicio 2013, se ha incorporado al grupo consolidable de Banco Madrid la sociedad gestora BMN Gestión.de Activos, SGIIC, y se ha realizado la absorción de las gestoras Nordkapp Gestión, SGIIC, S.A., Liberbank Gestión SGIIC, S.A. y BPA Global Funds Asset Management, SGIIC, S.A. por la Gestora Banco Madrid Gestión de Activos SGIIC, SAU.

La Banca Privada se desarrolla sobre:

  • Gestión de carteras discrecionales.
  • SICAV.
  • Fondos de Inversión.
  • Productos Estructurados.
  • Renta Fija y Variable.
  • Planes de Pensiones.
  • Productos de inversión en Luxemburgo.
  • Seguros de ahorro / inversión.

Como se ha llegado a la suspensión de Banco Madrid

Un comunicado de los Administradores del Banco de Madrid de fecha 16 de marzo de 2015, designados por el Banco de España, han decidido solicitar el concurso voluntario de acreedores de la entidad financiera en la mañana de hoy. Esta situación viene motivada por el fuerte deterioro sufrido en la situación económica-financiera de Banco Madrid, S.A.U., durante los últimos días, tras conocerse la decisión adoptada por la Financial Crisis Enforcement Network (FinCEN) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, de considerar a su matriz, Banca Privada d’Andorra (BPA), como una institución financiera extranjera sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales (primary money laundering concern), de acuerdo con la Sección 311 de la USA Patriot Act. A esta decisión, se han unido otras informaciones aparecidas en medios de comunicación durante el pasado fin de semana, que ya son de dominio público.

Todo ello derivado de las importantes retiradas de fondos de clientes derivadas de las circunstancias anteriores, que ha tenido que atender la entidad en los últimos días, han afectado a su capacidad para hacer frente al cumplimiento puntual de sus obligaciones.

Que supone el concurso de acreedores del Banco de Madrid

La solicitud del concurso voluntario de acreedores, por parte de los Administradores del Banco de Madrid, supone una inmediata suspensión de operaciones por parte de la entidad financiera, con suspensión de retirada de depósitos, del tipo que sea, con la finalidad de proteger a todos los acreedores en su conjunto.

Ello, implica que todos los depositantes en dicha entidad financiera, se verían obligados a personarse en dicho concurso de acreedores o en su caso, y este será una cuestión a dilucidar en los días venideros, exigir responsabilidad penal o civil de los administradores de dicha entidad financiera, teniendo en cuenta las imputaciones realizadas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, considerándola como una entidad financiera implicada en el Blanqueo de Capitales.

Ello supondría igualmente, la posible exigencia de responsabilidades, a los responsables y supervisores de dicha entidad financiera en cuanto a la culpa in vigilando.

Los trabajadores de Banco Madrid como afectados

Como consecuencia del cierre de operaciones del Banco Madrid, los trabajadores, de las distintas categorías, se verían incursos en el procedimiento concursal, así lo establece el art. 86.2 LC, a la luz de la especial tutela que merecen los trabajadores, la inclusión necesaria de los créditos que deriven de la resolución procesal del concurso aunque no sea firme, así como aquellos cuya existencia y cuantía resulten de los libros y documentos del deudor, o por cualquier otra razón consten en el concurso.
No obstante, para el reconocimiento de su crédito, es conveniente que, los trabajadores notifiquen a la Administración concursal los salarios devengados y no abonados, o incluso, en algunos casos, conviene la personación como acreedores con privilegio especial en el concurso.

Otra cuestión que los trabajadores de Banco Madrid, pueden plantear, pueden ser acciones contra, o bien los propios administradores (Consejo de Administración) de Banco Madrid o bien otro tipo de acciones de responsabilidad por la culpa «in vigilando» tanto del Banco de España como de cualquier otra entidad encargada de su supervisión y control.

Que acciones se podrían emprender por los afectados por Banco de Madrid

Las acciones que los afectados, además de cobrar, en su caso, un máximo de 100.000 euros por cada una de sus cuentas en depósitos garantizados por el Fondo de Garantía de Depósito, bien sean depositantes de capital, fondos de inversión, SICAV,  o en cualquier otro producto financiero con gestión en el Banco de Madrid, tendrán que adoptar alguna de las siguientes opciones:

a) Personarse como afectados en el concurso de acreedores, como acreedores del Banco de Madrid, solicitando acciones, entre ellas la acción rescisoria, prevista en la Ley concursal.

b) Emprender acciones penales contra los responsables del Banco de Madrid, en cuanto a las acciones que puedan derivarse por un supuesto blanqueo de capitales o en su caso por una supuesta gestión desleal por parte de los administradores del banco de Madrid.

c) Exigencia de responsabilidades contra los supervisores de la entidad financiera, al no haber adoptado las medidas necesarias para impedir acciones en contra del propio mercado de valores o del propio funcionamiento de la entidad financiera.

No obstante, todo lo anterior, en fecha próximas, se irán conocimiento más detalles sobre el particular, que habrá que seguir con detalle, para con toda la información precisa, emprender las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses de los afectados del Banco de Madrid.

Plan liquidacion Banco Madrid
La mercantil Banco de Madrid, S.A.U. fue declarada en concurso voluntario de acreedores en fecha 25 de marzo de 2015, mediante Auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid con número de procedimiento 203/2015. En fecha 26 de marzo de 2015 aceptaron el cargo como Administradores concursales, LEGAL Y ECONÓMICO ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., como segundo Administrador Concursal por causa de interés público la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA y como AUXILIAR DELEGADO de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la sociedad DATA CONCURSAL, S.L.P.

En el mismo Auto, se decretó también la APERTURA de la LIQUIDACIÓN de la entidad, acordando la disolución de la misma, cesando en su función sus administradores nombrados por el Banco de España, que son sustituidos por la Administración concursal.

Ver el informe de liquidación de Banco Madrid

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