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Internamiento de extranjeros CIE

El internamiento de extranjeros en los CIE de España, es aquella situación producida cuando un ciudadano extranjero procediendo de otro país y habiendo entrado en España legal o ilegalmente, se encontrasen en ella, sin cumplir los requisitos legales necesarios para permanecer en ella.

Ejemplo de situación ilegal extranjero

Por ejemplo se encuentra en situación ilegal, cuando se ha entrado en territorio español por medios ilícitos como puede ser la compra de un pasaporte de un pais que autoriza a pasar sin visado, así como en el caso de que se hubiera concertado un matrimonio con un español o española, con la finalidad de residir en territorio español o en territorio comunitario.

Igualmente se encuentran ilegales en España, los ciudadanos extranjeros que habiendo poseído una autorización de estancia o un permiso de residencia, hubieran salido de España más del tiempo necesario para proceder a su renovación o que se encontraran en España y estos permisos le hubieran caducado o no los hubieran renovado a tiempo.

Consecuencias de la situación de ilegalidad del extranjero

Las consecuencia de que un extranjero se encuentra ilegal en España, pueden ser de varios tipos:

a) En el caso de haber cometido un delito, en el supuesto de encontrarse ilegal en territorio español habiendo cometido un delito, será juzgado y expulsado del territorio español.

b) En el supuesto de que fuera detenido encontrándose ilegal por haberle caducado el permiso de residencia y no lo hubiera renovado, se le instruirá un procedimiento ordinario de expulsión, con salida obligatoria de España y prohibición de entrada entre 1 y 5 años o bien inicialmente es internado en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE)

Derechos de los extranjeros en España

Los extranjeros independientemente de la situación en que se encuentren, tienen una serie de derechos reconocidas por la Constitución española, inherentes a la dignidad de la persona humana como son:

  1. Derecho a la vida y a la integridad física y moral.
  2. Derecho a la seguridad personal, que básicamente consiste en:
    • Plazo máximo de detención de setenta y dos horas.
    • Necesidad de intervención judicial para la prisión preventiva.
    • Información inmediata a la persona detenida sobre sus derechos y las razones de su detención.
    • Asistencia letrada al detenido.
    • Habeas corpus o puesta inmediata a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente.
    • Determinación del plazo máximo de duración de la prisión provisional.
  3. Derecho a la Intimidad que abarca:
    • Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar.
    • Inviolabilidad de domicilio.
    • Inviolabilidad de las comunicaciones.
  4. Derecho a la Tutela Judicial efectiva, que comprende:
    • El derecho a la jurisdicción. Supone el libre acceso a todos los órganos jurisdiccionales para el ejercicio de los derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión-
    • Derecho al juez ordinario predeterminado.
    • Presunción de inocencia y demás garantías procesales. Comprende la defensa y asistencia de letrado, información sobre la acusación formulada, proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías.
  5. Principio de Legalidad.
    Significa que nadie debe ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
  6. Libertad de creencias.
  7. Libertad de expresión.

Cuadro de derechos de los extranjeros en España

DERECHOS Y LIBERTADES
LEY ORGÁNICA 14/2003 y 2/2009

Documentación

Residencia y libre circulación

Participación pública. Sufragio

Reunión y Manifestación

Asociación

Sindicación y Huelga

Creación y dirección de Centros docentes

Educación

Asistencia sanitaria

Fundación y Libertad de empresa

Trabajo y seguridad social

Vida en familia, intimidad familiar y reagrupación familiar

Ayudas en materia de vivienda

Seguridad Social y Servicios Sociales

Sujeción a impuestos

Transferencia de ingresos y ahorros

Tutela Judicial efectiva

Recurso contra los actos administrativos

Asistencia jurídica gratuita

Todos los extranjeros

Extranjeros en situación regular

Extranjeros residentes

Extranjeros en situación regular

Extranjeros en situación regular

Sindicación: extranjeros en situación regular Huelga

Extranjeros residentes

Menores extranjeros residentes (educación no obligatoria)

Menores y embarazadas, asistencia de Urgencias

Autorización para realizar actividades lucrativas

Acceso como personal de las administraciones públicas

Familiares reagrupables: sentido estricto

Extranjeros residentes

Todos los extranjeros residentes: servicios y prestaciones básicas

Todos los extranjeros

Todos los extranjero

Todos los extranjeros

Todos los extranjeros

Procedimientos administrativos o judiciales de denegación de entrada.

Normativa de aplicación en materia de extranjeros en España

Texto refundido de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

Real Decreto 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

Real Decreto 240/2007, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros estados parte en el acuerdo sobre el espacio económico europeo.

Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias .

Resolución, de 30 de diciembre de 2005, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se regula el contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2006.

Reglamento (CE) 539/2001 del Consejo por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esta obligación

Reglamento (CE) 2414/2001 del Consejo, que modifica el Reglamento 539/2001 del Consejo por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esta obligación.

El Internamiento de extranjeros en el CIE

Las causas de internamiento en los Centros de Internamientos de Extranjeros (CIE), son diversas, de acuerdo con la Ley y Reglamento de Extranjería.

La Policía puede detener a un extranjero, por encontrarse en España de forma ilegal, por varias causas, como son:

1.- Entrada ilegal en España. Sin documentación o con documentación defectuosa o por puestos no habilitados

En este caso se le instruye un procedimiento de urgencia de expulsión, pudiendo ser detenido en el CIE para la conducción posterior a su país de origen.

2.- Estancia ilegal en España. Por haber perdido la vigencia del permiso de estancia de corta duración (vacaciones, estudios, etc.) o de residencia.

En estos casos se le instruye por la Policía un procedimiento ordinario de expulsión, pudiendo ser internado en el CIE, siempre con autorización judicial que debe dar en un plazo máximo de 72 horas, y dura hasta su expulsión del territorio nacional o un máximo de 40 días.

No obstante todo ello, en muchos casos, únicamente se impone una multa en lugar de la expulsión, dejando ésta para los casos de mayor gravedad.

Recurso contra la orden de internamiento en el CIE

La Orden de expulsión puede ser recurrida mediante el recurso potestativo de reposición, ante el Director General de la Policía en el plazo de un mes, o bien en la vía judicial mediante el recurso contencioso-administrativo.

En la vía judicial, y en el plazo de dos meses desde la resolución, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo, desde la comunicación de la expulsión.

Fuente de información principal:Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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