Abogado de defensa laboral en Madrid
El Abogado de defensa laboral es un profesional altamente cualificado en la rama jurídica del derecho laboral y de Seguridad Social, para la defensa de los intereses de los trabajadores y en su caso también en el de lo si intereses de la empresa en la jurisdicción laboral.
Servicios prestados por nuestros Abogados de laboral
Servicios profesionales prestados a los trabajadores por el
Abogado de laboral en Madrid
Los siguientes procedimientos:
- Despidos laborales: Despido por causas objetivas, despido disciplinario, despido improcedente.
- Despidos de personal de alta dirección
- Extinción de la relación laboral y modificación de contratos laborales.
- Reclamación por modificación de condiciones de trabajo
- Reclamaciones por salarios dejados de percibir
- Reclamación de vacaciones
- Liquidación y finiquito
- Demandas por mobbing laboral o acoso laboral.
- Negociación de convenios colectivos
- Reclamación de accidentes de trabajo y accidentes en acto de servicio.
- Expedientes Temporales y no temporales de Regulación de Empleo (EREs, ERTEs)
- Defensa por infracciones Prevención de Riesgos Laborales
- Reclamaciones por conciliación Vida familiar, como reducción de jornada.
- Demanda y reclamaciones para obtención de incapacidad permanente laboral (Parcial, total, absoluta)
- Impugnación de sanciones laborales
- Impugnación de altas médicas
- Inspecciones de Trabajo
- Reclamaciones de Seguridad Social por prestaciones.
- Reclamación de pensiones de jubilación, viudedad, invalidez
Honorarios de Abogado de Laboral
Nuestros Abogados de laboral en Madrid, determinan sus honorarios con carácter general y en lo relativo a los despidos, con base fundamentalmente en los resultados obtenidos por el cliente.
En los demás aspectos jurídicos los honorarios del Abogado de laboral en Madrid son adaptados a cada una de las causas jurídicas y a la dificultad de los procedimientos judiciales.
La filosofía de los honorarios están basados en la experiencia y en la obtención de resultados y en la atención al cliente.
Fuente de información principal: Ley del Texto Refundido del Estatuto de Trabajadores (REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2015, DE 23 DE OCTUBRE)