¿Cómo cancelar los antecedentes penales?

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Cancelación de antecedentes penales

La cancelación de antecedentes penales se puede conseguir por los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal, teniendo derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de los propios condenados o sus representantes, la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del Juez o Tribunal sentenciador.

Las inscripciones de antecedentes penales en las distintas Secciones del Registro Central de Penados y Rebeldes no serán públicas.

Requisitos para la cancelación de antecedentes penales

1.- Tener satisfechas las responsabilidades civiles derivadas de la infracción o del delito cometido, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el Juez o Tribunal sentenciador, salvo que hubiera mejorado la situación económica del reo.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso de responsabilidad con aplazamientos de pago, será suficiente que el reo se halle al corriente de los pagos fraccionados que le hubieran sido señalados por el Juez o Tribunal y preste, a juicio de éste, garantía suficiente con respecto a la cantidad aplazada.

2.- Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos:

6s meses para las penas leves;

2 años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes;

3 años para las restantes penas menos graves;

5 para las penas graves.

Computo de los plazos para solicitar la cancelación

Los plazos se contarán desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, pero si ello ocurriese mediante la remisión condicional, el plazo, una vez obtenida la remisión definitiva, se computará retrotrayéndolo al día siguiente a aquel en que hubiere quedado cumplida la pena si no se hubiere disfrutado de este beneficio.

En este caso citado antes, se tomará como fecha inicial para el cómputo de la duración de la pena, el día siguiente al del otorgamiento de la suspensión.

Prescripción de las penas a los efectos de la cancelación antecedentes

Las penas impuestas por sentencia firme prescriben:

A los 30 años, las de prisión por más de 20 años.

A los 25 años, las de prisión de 15 o más años sin que excedan de 20.

A los 20, las de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15.

A los 15, las de inhabilitación por más de seis años y que no excedan de 10, y las de prisión por más de cinco años y que no excedan de 10.

A los 10, las restantes penas graves.

A los 5, las penas menos graves.

Al año, las penas leves.

Ejemplo de escrito de cancelación de antecedentes penales

Este ejemplo de escrito se dirige al Juzgado de lo penal correspondiente donde se encuentren las ejecutorias, y el cuerpo fundamental del escrito sería el siguiente:

Que por la presente, y siguiendo las expresas instrucciones de mi representado, formulo ESCRITO DE CANCELACIÓN DE LOS ANTECEDENTES PENALES, tal y como establece el artículo 133.1 del Código Penal, toda vez que Don/Doña _______________, mayor de edad, con D.N.I.___________, con domicilio en C/ _________________nº ___ de la localidad de __________, ha extinguido su responsabilidad penal, al haber transcurrido ______ años desde que se dictase sentencia firme.

AL JUZGADO SUPLICO: Que habiéndose presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones contenidas en el presente escrito y en las copias que se acompañan, y previa audiencia al Ministerio Fiscal, se ordene al Registro Central de Penados la cancelación de los antecedentes penales de Don/Doña __________, dándose al procedimiento el curso legal que corresponda.

Fuente de información principal: Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre)

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