Contratos de permanencia teléfono ¿son legales?

acuerdos e permanencia

En qué casos se puede anular un acuerdo de permanencia sin pagar penalización

No es posible romper un acuerdo de permanencia así como así sin tener que pagar su penalización. Aunque lo cierto es que existen una serie de casos en los que, si se dan, se le puede reclamar a la compañía la anulación del mismo sin tener la obligación de tener que pagar nada.

¿Cuándo se pueden anular los contratos de permanencia?

Si lo que quieres es cambiarte a otra compañía sin ningún motivo aparente más que el que hayas encontrado una oferta mejor en otro operador, por ejemplo, debes saber que no podrás hacerlo sin pagar la penalización.

Pero si lo que deseas es cambiarte de compañía porque la tuya está realizando una serie de cosas que no venían establecidas en el contrato que teníais firmado, sí que podrás hacerlo.

Los contratos que se firman con las compañías telefónicas por la prestación de este servicio son vinculantes para ambos, por lo que, si tu compañía lo incumple, significa que ya no estarías obligado a permanecer en ella hasta que finalice la permanencia si no quieres.

Casos en los que una compañía está incumpliendo el contrato:

Hay tres casos en los que, de darse, los usuarios van a tener la posibilidad de marcharse de la compañía sin pagar penalización si así lo desean, éstos se exponen a continuación.

  1. La compañía ha realizado o va a realizar cambios en el contrato. Esto es completamente legal y las compañías pueden hacerlo cuando quieran, pero has de saber que están obligadas a comunicárselo a todos los usuarios que se vayan a ver afectados, con al menos un mes de antelación. De esta forma, los usuarios cuentan con tiempo suficiente para solicitar la anulación de la permanencia y realizar una portabilidad con terminal a otra operadora si así lo deseasen.
  2. La compañía ha realizado o va a realizar cambios o en el servicio, o en el precio de la tarifa. Este hecho significa que la operadora no está cumpliendo su parte firmada en el acuerdo contractual, por ello los usuarios que lo deseen porque se ven afectados negativamente por ello, pueden romper el acuerdo de permanencia e irse a otra compañía.La carta de los derechos del usuario de servicios de comunicaciones electrónicas, aprobada mediante el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, regula ambos casos.
  3. La compañía está ofreciendo al usuario un servicio que funciona deficientemente o que, directamente, no funciona.

Si sucede lo expuesto en este tercer punto, también estamos ante un incumplimiento de contrato por parte de la compañía telefónica. Todo usuario que se quiera ir de la compañía por este motivo, está completamente en su derecho de poder hacerlo sin pagar la penalización por incumplimiento de permanencia.

Todo usuario debe saber que, en caso de que una compañía vaya a cobrar una penalización al usuario por irse de ésta, siendo el motivo principal que el servicio no funciona como debería, es completamente ilegal y así lo establece el Código Civil en su artículo 1.124.

Además, los usuarios también deben saber que, en este tercer caso, van a poder reclamar a su compañía una indemnización por los daños y perjuicios que ese hecho pueda haberles ocasionado.

¿Existe una solución para esto?

La realidad es que no hay ninguna solución a la que recurrir para evitar encontrarse en este tipo de situaciones.

Todo aquel usuario que desee irse de una compañía sin ningún motivo de peso, deberá pagar la penalización correspondiente. Si el usuario desea darse baja porque le ha ocurrido alguno de los puntos que se han expuesto con anterioridad, estará exento de pagarlo.

Lo que se debería de hacer si se dan alguna de las tres situaciones mencionadas es, en primer lugar, ponerse en contacto con la compañía y averiguar así lo que ha sucedido, después, si no se está conforme, se puede proceder a solicitar la anulación del acuerdo de permanencia.

Una vez que se ha tomado esta decisión, y el usuario debe contratar nuevamente el servicio con otro operador, es aconsejable que se revise la letra pequeña que viene junto a las tarifas que sean de interés.

En ella el usuario encontrará información acerca de las condiciones de la misma, lo que le hará tener claro y presente cuáles son sus obligaciones como usuario y, además, cuáles son también las obligaciones de la propia compañía.

Artículo redactado por: Colaboración-Selectra