Las negligencia médicas por error en diagnóstico
Cada vez es más frecuente que los Juzgados y Tribunales en España, estén dictando sentencias favorables al paciente, por los errores de diagnóstico, como señalamos a continuación en algunos ejemplos de Sentencias obtenidas:
Negligencia médica por error en diagnóstico: por tratar un tumor de colon no filiado
El TribunalSuperior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) por dos errores, considerados de relvancia, ocurridos con ocasión del diagnóstico de un cáncer de colon que no existía. El primero fue no confirmar mediante otras pruebas alternativas la mera sospecha del radiólogo que «sugirió», pero «no afirmó» la existencia de un cáncer de sigma en una paciente. Y el segundo fue tratar el tumor como si realmente existiera que, además, con la praxis empleada, derivó en múltiples secuelas. Entre otras, la colocación de por vida de un ano artificial. La Sala de lo Contencioso considera que la reclamante debe ser indemnizada con la cantidad de 210.400 euros, más los intereses legales desde el mes de diciembre de 2009.
Denuncia de Negligencia médica por error en diagnóstico de cancer de ovarios
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias condenó a la entidad gestora porque los médicos deberían haber tomado una muestra interna para confirmar el diagnóstico de cáncer de ovarios en el caso de una mujer a la que finalmente se le extirpó parte de los órganos genitales internos. El diagnóstico fue erróneo porque la paciente no padecía un cáncer de ovarios, sino una tuberculosis peritoneal y ginecológica. La Sala Contencioso-administrativa del TSJ condenó al Hospital a una indemnización de 47.919 euros.
Condenado el Servicio Cántabro de Salud por no detectar a tiempo el síndrome de Morris
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria TSJ ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a indemnizar con 55.000 euros a los padres de un menor que sufre síndrome de Morris. Se trata de una patología congénita en la que existe una discordancia sexual, pues genéticamente es un varón pero sus órganos sexuales tienen apariencia femenina.
El TSJ, que confirma el fallo de instancia, ha desestimado el recurso presentado por la entidad gestora al considerar que los progenitores fueron privados de falta de oportunidad para abortar. Y es que en la ecografía de la semana 20 no se comprobaron los órganos sexuales del feto y se confió en la amniocentesis que le había sido practicada a la mujer, que determinó que el feto era un varón. Semanas después, en otra ecografía, se advirtió que los genitales tenían apariencia femenina, por lo que existía una discordancia sexual.
Negligencia por omisión de prueba clave para un diagnóstico
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha condenado a la Comunidad de Madrid y a su aseguradora a pagar a un paciente una indemnización de 141.431,34 euros por los daños y perjuicios ocasionados tras una negligencia en Urgencias de un hospital público al no realizarle, en urgencias, una prueba fundamental que hubiera previsto posteriormente, las lesiones que devinieron en el paciente.
El fallo de la Sentencia, considera probado que se «omitió una prueba especialmente indicada para los pacientes que sufren fuertes cefaleas». Concretamente indica que, no se hizo una «fundoscopia«, lo que supuso que se retrasara el diagnóstico de la enfermedad que el reclamante padecía. En este sentido, el TSJ resalta que el cuadro médico no siguió lo establecido en el protocolo de actuación en Urgencias.