⚖️ Impuesto sobre Sociedades en España: ¿Quién Debe Presentarlo y Cómo Liquidarlo?
📌 ¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades y Quién Debe Presentarlo?
El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo que grava la renta obtenida por las empresas y otras entidades jurídicas en España. Se aplica a sociedades mercantiles, cooperativas, asociaciones y otras entidades que generan beneficios económicos.
En Tu Abogado Defensor, contamos con abogados expertos en Derecho Fiscal en Madrid, listos para brindarte la mejor asesoría legal y ayudarte a cumplir con la normativa fiscal.
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🏛️ ¿Quién Está Obligado a Presentar el Impuesto sobre Sociedades?
El IS debe ser declarado por:
🔹 Sociedades Mercantiles
✅ Empresas constituidas en España, independientemente de su actividad.
✅ Incluye sociedades limitadas (SL) y sociedades anónimas (SA).
🔹 Entidades sin Ánimo de Lucro
✅ Asociaciones, fundaciones y cooperativas que generen ingresos.
✅ Algunas pueden beneficiarse de tipos impositivos reducidos.
🔹 Establecimientos Permanentes de Empresas Extranjeras
✅ Entidades extranjeras con actividad en España.
✅ Su tributación se basa en los ingresos obtenidos en territorio español.
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🚨 Casos Prácticos de Liquidación del Impuesto sobre Sociedades
🔹 Caso 1: PYME con Beneficio Neto de 100.000 Euros
📌 Ingresos: 200.000 euros.
📌 Gastos deducibles: 100.000 euros.
📌 Base Imponible: 100.000 euros.
📌 Tipo impositivo: 25%.
📌 Cuota a pagar: 25.000 euros.
🔹 Caso 2: Empresa con Pérdidas Compensables de Años Anteriores
📌 Ingresos: 300.000 euros.
📌 Gastos deducibles: 250.000 euros.
📌 Pérdidas de ejercicios anteriores: 50.000 euros.
📌 Base Imponible: 0 euros (sin cuota a pagar).
🔹 Caso 3: Entidad sin Ánimo de Lucro con Ingresos Exentos y No Exentos
📌 Ingresos exentos: 50.000 euros.
📌 Ingresos no exentos: 150.000 euros.
📌 Base Imponible: 150.000 euros.
📌 Tipo reducido: 10%.
📌 Cuota a pagar: 15.000 euros.
📩 ¿Tienes dudas sobre la liquidación del IS? Nuestros abogados en Madrid pueden asesorarte.
⚖️ Cómo Presentar el Impuesto sobre Sociedades
📌 Plazo de presentación: Dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
📌 Modelo a utilizar: Modelo 200 de la Agencia Tributaria.
📌 Dónde se presenta: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
📌 Deducciones y bonificaciones: Se pueden aplicar incentivos fiscales según la actividad y tipo de empresa.
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🏆 Conclusión
El Impuesto sobre Sociedades es una obligación clave para todas las empresas en España. Contar con abogados especializados en Derecho Fiscal en Madrid te permitirá optimizar tu tributación y evitar sanciones innecesarias.
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