

Extradición entre España y Argentina
La extradición entre España y Argentina se rige por el tratado firmado entre ambas naciones por el cual las Partes contratantes se obligan a entregarse recíprocamente, según las reglas y condiciones establecidas en los artículos siguiente, las personas a quienes las autoridades judiciales de una de las Partes persiguieren por algún delito o buscaren para la ejecución de una pena o medida de seguridad que consista en privación de libertad.
Actos que dan lugar a la extradición
Darán lugar a extradición, los hechos sancionados, según las leyes de ambas Partes, con una pena privativa de libertad o medida de seguridad privativa de libertad cuya duración máxima no sea inferior a un año.
para la ejecución de una sentencia
Si la extradición se solicitare para la ejecución de una sentencia, se requerirá además que la parte de la pena o medida de seguridad que aún falta cumplir no sea inferior a seis meses.
Solicitud de extradición por varios hechos
Cuando la solicitud se refiera a varios hechos y no concurriesen en algunos de ellos los requisitos de los párrafos 1 y 2, la Parte requerida podrá conceder también la extradición por estos últimos.
Otras circunstancias que dan lugar a la extradición
También darán lugar a extradición, conforme al presente tratado, los delitos incluidos en Convenios multilaterales en los que ambos países sean Parte.
Exclusión especial de la extradición entre España y Argentina
La extradición por delitos estrictamente militares queda excluida del campo de aplicación del presente Tratado.
Fuente de información principal: Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en materia penal entre el Reino de España y la República Argentina, firmado en Buenos Aires el 3 de marzo de 1987.