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Responsabilidad por coronavirus

Por responsabilidad hemos de entender la obligación de reparar un daño causado.

Dentro del ámbito sanitario se suelen distinguir los siguientes tipos de responsabilidad:

1. Responsabilidad Penal.
2. Responsabilidad Civil.
3. Responsabilidad Deontológiga.
4. Responsabilidad Disciplinaria
5. Responsabilidad Patrimonial de la Administración Sanitaria.

Y dentro de la responsabilidad de la Administración por Coronavirus, la única que podría excluirse sería la responsabilidad deontológica, ya que, si bien la disciplinaria podría no encajar, habría que ver las distintas personas que han tomado decisiones en la pandemia del coronavirus para descartar o no esta responsabilidad.

Responsabilidad de la Administración Publica

La toma de medidas con antelación de que ocurran acontecimientos sanitarios, es una obligación de la Administración del Estado, desde el punto de vista constitucional, artículo 43.2 de la Constitución «Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.».

La responsabilidad patrimonial a exigir a la Administración

La responsabilidad patrimonial de la Administración supone la obligación que ésta tiene de reparar los daños que puedan sufrir los ciudadanos por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, por las acciones u omisiones de esta.

Nace del derecho que tienen los particulares a ser indemnizados de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes o derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, con la única exigencia de que el daño sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a u apersona o grupo de personas.

El derecho a la indemnización del perjudicado

Según lo anterior, el perjudicado tiene derecho a la indemnización de todos aquellos daños que, provocados por la Administración, no haya razón para soportarlos, de tal modo que no responderá la Administración sólo por aquellos daños que tengan como raíz la realización de una actuación ilegal o culposa.

En consecuencia, en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad de las Administraciones Publicas se reconoce al margen de toda idea de ilicitud o culpa; únicamente por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

consejos OMS uso mascarilla por coronavirus COVID-19Daños a la salud de los ciudadanos por coronavirus

Las decisiones tomadas por la Administración española respecto a la pandemia de infección por coronavirus COVID-19, han dado como resultado en sus decisiones, desde el punto de vista de la salud,  miles de muertos y miles de infectados.

Daños a la economía por el coronavirus

Las decisiones por parte del Gobierno o Administración española, determinadas recomendaciones de la OMS, que al parecer no fueron atendidas a tiempo dando lugar a una paralización de la economía española, mediante Decreto, supondrá un daño a miles de economías, tanto a pequeñas empresas, empresas medias y empresas de gran tamaña, sin contar con la multitud de trabajadores autónomos que no podrán volver al desarrollo de su actividad, que no tenían obligación de soportar.

La exclusión en caso de fuerza mayor

La fuerza mayor excluye la obligación de reparar el daño, y se encuentra prevista en el art. 32 LRJSP 40/2015

No serán indemnizables los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de las prestaciones asistenciales o económicas que las leyes pudieran establecer para estos casos.

Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre la pandemia por coronavirus COVID-19, desde el mes de enero de 2020 fueron, de manera periódica, advirtiendo a los Estados, entre ellos a España a tomar medidas, entre ellas a la utilización de mascarillas y a realizar una serie de acciones y actuaciones para evitar, que efectivamente, se convirtiera en pandemia la propagación del virus COVID-19.

Preguntas sin respuesta sobre las consecuencias del coronavirus

¿Se podría haber evitado las miles de muertes por coronavirus?. ¿Se podría haber evitado la paralización de la economía? ¿Se podría haber evitado los miles de contagios?

Todas las respuestas a estas preguntas se podrán obtener cuando comiencen a juzgarse en los Tribunales los hechos ocurridos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la Administración.

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