¿Son funcionarios de carrera los Guardia Civiles?

¿son funcionarios de carrera los guardia civiles?

¿Son funcionarios de carrera los Guardia Civiles?

Así de entrada la pregunta de si ¿Son funcionarios de carrera los miembros de la Guardia Civil? parece absurda, para el que conozca básicamente la composición y estructura de la Administración del Estado, en cuanto al ámbito de personal se refiere.

El porque de esta pregunta, está motivada por la exclusión de miembros de la Guardia Civil, que participan en procesos selectivos en otros ámbitos de la Administración Pública, basando la exclusión en que «no son funcionarios de carrera«…

Pero que son entonces los miembros, en sus distintos empleos y categorías que integran el Cuerpo de la Guardia Civil, más que funcionarios públicos del Estado y por supuesto de carrera, integrados dentro del personal de las FCS, tienen una legislación específica y cuando ésta lo disponga se les aplica el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

¿Qué dice el estatuto Básico del Empleado Público?

El Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 9, dice:

«1. Son funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

2. En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca.»

La condición de función pública de la actividad que realizan los miembros de la Guardia Civil parece evidente pero la necesidad de realizarla desde la regulación general o desde un régimen específico es algo que está más en discusión.

La exclusión de la Guardia Civil de la aplicación del TREBEP

La opción final del TREBEP es la exclusión del ámbito de aplicación de aquel (art.4).

Es la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la norma que establece el régimen jurídico de los mismos.

No obstante, esta norma es únicamente la cabecera de grupo y en conjunción con la misma se ha dictado una amplia regulación para los distintos cuerpos de funcionarios que componen las diferentes unidades que pueden entenderse incluidas en el ámbito de aplicación del concepto de Personal de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

La determinación de la condición de funcionario de carrera

Pero más allá de la determinación citada anteriormente, en relación con el concepto podemos indicar que la adquisición de la condición de funcionario de carrera tiene una regulación específica que se contempla en el artículo 62 del TREBEP y que nos indica que la adquisición de dicha condición es consecuencia del cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

  • Superación del proceso selectivo.
  • Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente.
  • Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
  • Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.

La jurisprudencia sobre los funcionarios de carrera

Naturaleza de la situación de funcionarios: STS de 13 julio 1993 y, en el mismo sentido, STS de 3 julio 1996:

El funcionario que ingresa al servicio de la Administración Pública se coloca en una situación jurídica objetiva, definida legal y reglamentariamente y, por ello, modificable por uno y otro instrumento normativo de acuerdo con los principios de reserva de ley y de legalidad, sin que, consecuentemente, pueda exigir que la situación estatutaria quede congelada en los términos en que se hallaba regulada al tiempo de su ingreso o que se mantenga la situación administrativa que se está disfrutando (STC 99/1987, de 11 junio

¿Qué son entonces los Guardia Civiles?

Teniendo en cuenta el TREBEP, los empleados públicos desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio del interés general.

Existen diferentes tipos de empleados públicos y la Guardia Civil se encuadra dentro de los funcionarios de carrera.

Los Guardia Civiles, como funcionarios de carrera que son, en virtud de nombramiento legal, van a estar vinculados a la Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el derecho administrativo para desempeñar sus servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

Es decir, la GC es personal funcionario con legislación específica propia y el TREBEP se le aplica cuando los diga su propia normativa.

La ley 29/2014 define al Guardia Civil como “español, vinculado al Cuerpo con una relación de servicios profesionales de carácter permanente como miembro de las FCSE y como militar de carrera de la Guardia Civil”.

Debido a la doble condición del Instituto Armado, civil y militar, el Guardia Civil se vincula con la Administración a la que sirve por una vinculación jurídica, administrativa y militar.

Y es evidente que todas estas características se dan en los miembros de las Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y más concretamente, en el caso que estamos analizando, en los miembros de la Guardia Civil.

Artículo de editorial de Tuabogadodefensor.com