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Incapacidad permanente por enfermedad de crohn

Incapacidad por enfermedad de chron

Incapacidad Permanente por enfermedad de Crohn

La incapacidad permanente por la enfermedad de Crohn es la situación legal que tras la valoración del EVI se concede por el INSS a trabajadores que han cotizado a la Seguridad Social durante el período establecido.

La enfermedad de Crohn

La enfermedad de Crohn, es una enfermedad crónica que afecta al aparato digestivo, que por el momento no existe cura, y que no es contagiosa.

La enfermedad de Crohn y la Colitis Ulcerosa, son las principales enfermedades del grupo de Enfermedades Inflamatorias Intestinales (EII), pero hay diferencias entre ambas.

La enfermedad de Crohn afecta de forma más común al final del intestino delgado (el ilión) y el principio del intestino grueso (el colon), aunque también puede afectar a cualquier parte del sistema digestivo. Por otro lado, la colitis ulcerosa limita su afectación al colon.

En la enfermedad de Crohn, todas las capas del intestino pueden estar afectadas, y puede haber partes sanas entre tramos del intestino enfermo. En contraste la colitis ulcerosa afecta únicamente las capas superficiales (la mucosa) del colon en una distribución más pareja y continua.

¿Se puede obtener una Incapacidad Permanente?

En la actualidad, la enfermedad de crohn, al ser una enfermedad con una patología muy problemática para la realización de determinados tipos de trabajo, incluso, dependiendo del poseedor de dicha enfermedad, y de su gravedad, puede incapacitarle para todo tipo de trabajo, ya que es una enfermedad que cursa con dolor abdominal, retortijones frecuentes, diarrea (puede empezar lentamente o de repente), necesidad de ir al baño con frecuencia, a veces sangrado rectal, anemia (que puede causar mareos o cansancio), pérdida de apetito, pérdida de peso y fiebre. Durante los períodos de síntomas activos, los pacientes también pueden experimentar fatiga (cansancio extremo), lesiones en la piel, en los ojos, o dolores en las articulaciones.

Sentencias sobre incapacidad por enfermedad de Crohn

No obstante, ya existen muchas Sentencias que conceden la Incapacidad Permanente Total y en otros Absoluta para muchos trabajadores y trabajadoras, como por ejemplo:

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. Sentencia nº 1185/2011 de TSJ Cataluña (Barcelona), Sala de lo Social, 14 de Febrero de 2011, que en el supuesto enjuiciado presentando el recurrente «(…) enfermedad de Crohn córtico-dependiente con patrón penetrante…con frecuentes complicaciones del tipo de fístulas y abcesos, más dolor articular tipo migratorio a las muñecas y tobillos en remisión con tratamiento biológico aunque persistente pérdida de peso, mal estado general, diarreas y dolor abdominal (y) trastorno adaptativo secundario en tratamiento»; debe convenirse que la patología así descrita se manifiesta razonablemente incompatible con el laboral desempeño de una actividad que impone unos contraindicados requerimientos de esfuerzo y movilidad osteoarticular. Lo que no obsta a reconocer al afectado una sensible capacidad residual para aquellas otras actividades mas acordes con su cuadro clínico actual que, aunque en remisión, se encuentra todavía activo con los perniciosos efectos que se dejan relatados. Se desestima la suplicación.

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de mayo de 2014.La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria

La actora, tras proceso de incapacidad temporal, fue evaluada por el EVI a los efectos de una incapacidad permanente, emitiéndose dictamen propuesta el 12 de enero de 2011, en el que se le reconocían los siguientes padecimientos: «Enfermedad de Crohn (urgencias ecales 5-6 veces día), tratamiento quirúrgico 6-09 mediante resección ileocecal. Trs. Ansioso depresivo.», siendo las secuelas objetivadas «patología digestiva grado I. Trastorno ansioso depresivo grado I». Como consecuencia de dicho dictamen, se dictó resolución de 17 de enero de 2011, en la que se deniega la incapacidad permanente por «no alcanzar, las lesiones que padece, grado suficiente de disminución de la capacidad laboral, para ser constitutivas de incapacidad permanente (.)».

La actora padece en la actualidad enfermedad de Crohn crónica, con síndrome diarreico (alrededor de doce diarreas/día), resección iliocecal, síndrome constitucional, corticodependencia, ferropenia, inmunosupresión con Infliximab, infecciones de oriba/vaginitis (Candida Albicans) de repeticiones y síndrome ansioso depresivo.

La invalidez permanente absoluta para todo trabajo supone la impotencia para el ejercicio útil de cualquier actividad por liviana o sedentaria que sea, 2 de Marzo de 1985 Arzadi 1263, y la inhabilidad para toda posible actividad dentro de la amplia gama de quehaceres laborales, por lo que implica no poder realizar ningún esfuerzo, ni siquiera un trabajo sedentario según sentencias del Tribunal Supremo de 23 y 30 de Enero de 1989, 14 de Febrero y 7 de Marzo de 1989 y del inalterado relato de hechos probados de la sentencia de instancia queda acreditado que el estado actual del actor es de completa insuficiencia, ya que padece enfermedad de Crohn y crisis diarreicas que le han obligado a estar en situación de incapacidad temporal largos periodos de tiempo . Ha de tomarse en consideración que la enfermedad de Crohn es una inflamación crónica de la pared intestinal y afecta a todo el grosos de la pared intestinal Es una enfermedad que se reactiva a intervalos regulares a lo largo de toda la vida y estas reactivaciones pueden ser leves o graves, breves o prolongadas, no existiendo tratamiento curativo, aunque muchos tratamientos reducen la inflamación y reducen los síntomas .

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