CONSEJO PARA UNA MUJER MALTRATADA
En el caso de haber sufrido una agresión o amenaza, debes personarte
ante cualquier Comisaría de Policía o Cuartel de la Guardia Civil para
proceder a efectuar la denuncia del agresor y solicitar una orden de
protección urgente.
También tienes que conocer que cuando estés en peligro o conjuntamente
con tus hijos puedes abandonar el domicilio sin incumplir el deber de
convivencia, siempre que en el plazo de 30 días solicites unas medidas
provisionalísimas o presentes demanda de separación.
LAS MEDIDAS PROVISIONALES
Previstas para los casos de urgencia y necesidad, la Ley te faculta para
solicitarlas personalmente del juez de Familia sin necesidad de Abogado
ni de Procurador.
Contienen la autorización para vivir separados, medidas sobre la
custodia de los hijos, disposición de la vivienda y auxilios económicos.
LA DEMANDA POR MALTRATO
Se interpone en el juzgado de Familia por medio de Abogado y Procurador.
Si careces de recursos económicos y has solicitado asistencia jurídica
gratuita encontrarás asesoramiento en el Colegio de Abogados, con la
finalidad de orientar y encauzar tus pretensiones.
Al abandonar el domicilio procura llevar contigo, además de tus enseres
particulares:
• El libro de familia
• DNI/NIE propio y el de tus hijos
• Cartilla de la seguridad social
• Nómina de la persona con la que convives o copia de la declaración del
Impuesto de la Renta de las Personas Fisicas (IRPF)
• Facturas y documentos que acrediten los gastos del sostenimiento
familiar.
Las Comunidades Autónomas, en virtud de las competencias establecidas en la Constitución y en sus respectivos Estatutos de Autonomía son las responsables, en su ámbito geográfico, para llevar a cabo las políticas dirigidas a las mujeres.
Las Organizaciones No
Gubernamentales (ONGs), que realizan actividades en favor de las mujeres como redes permanentes de información han desempeñado y siguen desempeñando un papel importante en el proceso dinamizador del principio de igualdad de oportunidades, colaborando activamente en la difusión de los derechos de la mujer y su participación en la sociedad, así como en la dinámica de sensibilización social, factor básico para conseguir una sociedad igualitaria.


ASOCIACIÓN CATÓLICA DE MUJERES SEPARADAS Y DIVORCIADAS EN ESPAÑA (ACMSDE), calle Bravo Murillo 154, 4º A, 28020 de Madrid, Tf.: 91-570.44.28
ASOCIACIÓN CLARA CAMPOAMOR
Calle Ercilla, 13, 4º Izda., 48009 Bilbao-Vizcaya, Tf.: 94-423.91.55
ASOCIACIÓN DE DONES PER LA REINSERCIÓ LABORAL (SURT)
Calle Bruc, 5, 1º.2, 08010 Barcelona, Tf.: 93-268.02.57
ASOCIACIÓN DE MADRES SOLTERAS ISADORA DUNCAN DE LEÓN
Calle Bernardo del Carpio, 13, 4º D, 24004 León, Tf.: 987.261.449
ASOCIACIÓN DE MUJERES DE PESCADORES DE LAS RÍAS BAJAS ROSA DOS VENTOS
Calle Beiramar, 47, 2º, 362020 Vigo-Pontevedra, Tf.: 986-29.60.88
ASOCIACIÓN DE MUJERES LA RONDILLA
Calle Marqués de Santillana, 4, bajo, 47010 Valladolid, Tf.: 983.25.10.90
ASOCIACIÓN DE MUJERES Y FAMILIAS DEL ÁMBITO RURAL (AMFAR)
Calle Agustín de Behencourt, 17, 2º, 28003 Madrid, Tf.: 91-536.20.35
Dirección General de la Mujer de la Comunidad de
Madrid
Datos de interés
Dirección: C/ Alcalá, 253.
Código Postal: 28027
Distrito: Ciudad Lineal
Teléfono: 91.720.62.46
Fax: 91.720.62.80
Horario: De lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.
Observaciones.
Competencias
La Dirección General de la Mujer tiene como objetivo la consecución de
la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en los diferentes
ámbitos de la vida política, económica y social de la Comunidad de
Madrid. Para ello le corresponderá, sin perjuicio de las competencias
establecidas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el ejercicio de las
siguientes funciones:
1. En materia de Promoción de la Igualdad de Oportunidades:
a) Establecer las directrices dirigidas a la consecución del objetivo de
igualdad entre ambos géneros a través de la elaboración del Plan de
Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, así como impulsar su
aplicación por la Administración Autonómica, realizar el seguimiento de
su implementación y la evaluación del mismo.
b) Impulsar la incorporación de la perspectiva de género en todas las
normas, políticas, actuaciones, planes y estrategias de las
instituciones de la Comunidad de Madrid, así como informar sobre el
impacto de género de estas actuaciones cuando así esté previsto en la
normativa vigente.
c) Impulsar y coordinar las acciones dirigidas a la promoción de la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito
competencial de la Comunidad de Madrid, así como cooperar con otros
organismos nacionales e internacionales en materia de igualdad.
d) Establecer relaciones y cauces de participación con asociaciones,
fundaciones y otros entes y organismos, que tengan entre sus fines la
consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
e) Gestionar el Registro de Asociaciones de Mujeres de la Comunidad de
Madrid.
f) Promover la elaboración de investigaciones sobre la situación de las
mujeres de la Comunidad de Madrid en la vida política, económica y
social, así como canalizar y difundir toda la información y
documentación especifica relativa a las mujeres.
g) Informar a la ciudadanía sobre los aspectos relativos a la situación
de las mujeres a través de las oportunas acciones de sensibilización.
2. En materia de Formación, Inserción y Atención Social a la mujer:
a) Planificar y gestionar programas dirigidos a la inserción y promoción
laboral de las mujeres, en coordinación con otros organismos competentes
en esta materia de la Comunidad de Madrid.
b) Fomentar la prestación de servicios y programas a favor de las
mujeres y en especial de aquellos colectivos especialmente vulnerables,
como el de mujeres víctimas de violencia de género, que requieran una
especial atención.
c) Gestionar la red de Centros y Servicios para mujeres dependientes de
la Comunidad de Madrid.
3. En materia de Erradicación de la Violencia de Género:
a) Asistencia y apoyo al funcionamiento del Observatorio Regional de la
Violencia de Género.
b) Coordinación de las Órdenes de Protección de las víctimas de
violencia doméstica y cuantas otras medidas de protección se determinen.
Municipio
Madrid
Existen otras muchas asociaciones de ayuda a mujeres, para ello se puede contactar con
http://www.mtas.es/mujer perteneciente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Instituto de la Mujer, con domicilio en la Calle Condesa de Venadito, 34, 28027 Madrid,-España