

📆 ¿Qué son los Días MOS en las Fuerzas Armadas españolas?
Si formas parte del personal militar, es probable que hayas escuchado hablar de los famosos «días MOS». Pero, ¿qué significan realmente? ¿Cómo se generan? ¿Cuántos puedes acumular? Y lo más importante: ¿puedes perderlos si no los usas?
En este artículo te explicamos de forma clara y práctica todo lo que necesitas saber sobre los Días por Motivo de Servicio (MOS).
⚙️ ¿Qué son los días MOS?
Los Días MOS (Días por Motivo de Servicio) son jornadas de descanso extraordinarias que se otorgan al personal militar como compensación por servicios prestados fuera del horario habitual o en condiciones especiales.
Se conceden por:
- Maniobras o ejercicios prolongados.
- Servicios de guardia, alerta o retén fuera del horario ordinario.
- Actividades de disponibilidad operativa.
- Actividades en días festivos o fines de semana.
📢 No son vacaciones ni permisos ordinarios: son derechos adquiridos por prestar servicio adicional.
📅 ¿Cómo se calculan y cuándo se pueden disfrutar?
Cada unidad tiene sus criterios internos, pero el mando de personal debe llevar un registro de días MOS generados. Se suelen conceder 1 día por cada 2 o 3 jornadas de servicio extra, dependiendo de la intensidad y duración.
Pueden disfrutarse:
- Siempre que no interfiera con la operatividad del servicio.
- Con la autorización previa del superior jerárquico.
- Dentro de un plazo (normalmente dentro del mismo año natural o semestre).
📄 ¿No te han reconocido los días que te corresponden? En Tu Abogado Defensor podemos ayudarte a reclamarlos.
⚠️ ¿Se pueden perder los días MOS?
Sí, si no se solicitan en tiempo o si no hay constancia de su acumulación. Por eso es clave:
- Pedir constancia por escrito (parte de servicios o solicitud formal).
- Llevar un registro personal de los días generados.
- No dejar pasar plazos sin solicitarlos.
🛡️ En caso de traslado o cambio de unidad, los días MOS deben ser reconocidos en el expediente personal.
✅ Recomendaciones prácticas
- Conserva siempre copia de partes de servicios extraordinarios.
- Solicita confirmación por escrito del cómputo de MOS acumulado.
- Pide los días con antelación suficiente.
- Si no te los conceden sin justificación, puede ser reclamable.
📌 Contacta con Tu Abogado Defensor
En Tu Abogado Defensor te ayudamos a defender tus derechos como miembro de las Fuerzas Armadas, incluidos los días MOS, licencias y compensaciones por servicio extraordinario.
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