Categoría: Derecho Agrario

Servidumbre de paso para el uso de aguas: ¿Pueden obligarme a dejar pasar tuberías por mi finca?

Servidumbre de paso para el uso de aguas: ¿Pueden obligarme a dejar pasar tuberías por mi finca?

Servidumbre de paso para el uso de aguas: ¿Pueden obligarme a dejar pasar tuberías por mi finca?

En muchas zonas rurales y agrícolas de España, surgen conflictos por el paso de canales, tuberías o acequias a través de fincas privadas. La duda común es: ¿pueden imponerme una servidumbre de paso para transportar agua? ¿Qué derechos tengo como propietario? En este artículo te explicamos cuándo es legal, qué condiciones deben cumplirse y cómo defender tus intereses.

¿Qué es una servidumbre legal de paso de aguas?

La servidumbre de paso para conducción de aguas es un derecho que permite a alguien —normalmente otro propietario— hacer pasar por tu terreno tuberías, canales o acequias para conducir agua a su finca.

Está regulada por el Código Civil (artículos 552 a 564) y la Ley de Aguas, y puede constituirse:

  • Por título expreso (contrato o escritura notarial).
  • Por sentencia judicial, cuando se declare su necesidad.
  • Por ley, en casos concretos en que la finca dominante no tenga acceso al agua sin pasar por otra.

📌 La servidumbre de paso es una carga legal sobre la finca, pero también está sujeta a límites y compensaciones.

¿Cuándo se puede imponer una servidumbre de paso de agua?

Para que se pueda imponer legalmente una servidumbre, deben concurrir los siguientes requisitos:

  • Que exista una finca dominante con necesidad legítima de conducir agua.
  • Que no haya otra forma razonable de hacerlo sin pasar por tu terreno.
  • Que se cause el menor perjuicio posible.
  • Que se indemnice adecuadamente por los daños y la ocupación del suelo.

👉 No pueden obligarte si el paso de agua es evitable por otra vía menos gravosa.

¿Qué derechos tiene el propietario del terreno?

  • A negar el paso si existen otras alternativas razonables.
  • A recibir una compensación económica justa por la servidumbre.
  • A que se limite el paso a lo mínimamente necesario (no más tuberías o caudal del permitido).
  • A que se repare cualquier daño causado por la instalación o mantenimiento.

🛠️ Además, quien impone la servidumbre debe costear la obra e inscribir el derecho en el Registro de la Propiedad.

Casos frecuentes en los que intervienen nuestros abogados

  • Propietarios obligados a permitir paso de tuberías sin compensación.
  • Conducciones de agua instaladas sin consentimiento ni título legal.
  • Aumento del uso del paso más allá de lo autorizado (por ejemplo, compartir canal con otros).
  • Obras de riego o bombeo que causan daños a la finca sirviente.

📞 ¿Están usando tu finca para transportar agua sin tu permiso? Llámanos: 91 713 18 98

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¿Quién es el dueño de un río en España? Dominio Público Hidráulico y propiedad privada

¿Quién es el dueño de un río en España?

¿Quién es el dueño de un río en España? Dominio Público Hidráulico y propiedad privada

En muchas zonas rurales y de montaña en España, los conflictos sobre el uso, acceso o modificación de los ríos son frecuentes. ¿Pertenece el río al propietario de la finca colindante? ¿Se puede impedir el paso? ¿Quién puede usar sus aguas? La respuesta está en la Ley de Aguas y en la delimitación del dominio público hidráulico.

El río: un bien de dominio público

Según el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001), forman parte del dominio público hidráulico estatal:

  • Las aguas continentales, tanto superficiales como subterráneas.
  • Los cauces de corrientes naturales, aunque estén secos temporalmente.
  • Las riberas y márgenes de los ríos, hasta los 5 metros desde la línea de máxima crecida ordinaria.

👉 Esto significa que ningún particular puede ser propietario del cauce del río ni del agua que discurre por él.

¿Y los terrenos colindantes?

Los terrenos que lindan con ríos pueden ser privados, pero están sujetos a limitaciones legales:

  • Existe una servidumbre de tránsito pública de 5 metros desde la ribera, para vigilancia y conservación del cauce.
  • Se debe permitir el acceso a la administración hidráulica o a los servicios de emergencias.
  • El uso de agua para riego o consumo exige concesión administrativa, aunque el río pase por la finca.

📌 Muchos propietarios creen erróneamente que, por estar el río dentro de su parcela, pueden canalizarlo o extraer agua sin permiso. Esto puede acarrear sanciones.


¿Puedo impedir el paso por la ribera?

No, si se trata del dominio público o de la zona de servidumbre, no se puede impedir el paso de personas autorizadas ni instalar vallados u obstáculos.

Sí puedes limitar el paso al resto de tu propiedad privada, siempre respetando los derechos de uso público que se derivan de la legislación sobre aguas y medio ambiente.

🛑 La obstrucción del paso puede ser objeto de requerimientos e incluso sanciones por parte de la Confederación Hidrográfica.


Casos comunes en los que se necesita asesoramiento legal:

  • Conflictos entre propietarios por el paso junto al río.
  • Uso indebido de aguas sin autorización de la administración.
  • Obras sin permiso en márgenes fluviales o cauces.
  • Sanciones por impedir el acceso a la zona de servidumbre.

📞 ¿Tienes problemas legales relacionados con un río que atraviesa tu terreno? Contacta con nuestros abogados especialistas en derecho de aguas: 91 713 18 98


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