

¿Puedo repartir mi herencia en vida? Diferencias entre herencia, donación y pactos sucesorios
En España, muchas personas se preguntan si es posible repartir la herencia en vida para evitar conflictos familiares o asegurar el destino de sus bienes. La respuesta es sí, pero con importantes matices legales. En este artículo te explicamos las diferencias entre heredar, donar y realizar pactos sucesorios, así como sus implicaciones fiscales y jurídicas.
¿Qué significa repartir la herencia en vida?
Legalmente, la herencia solo existe tras el fallecimiento del titular de los bienes. Sin embargo, lo que se puede hacer en vida es anticipar el reparto a través de otras figuras jurídicas, como:
Donaciones en vida
Una donación es un acto voluntario por el que una persona transfiere un bien a otra sin recibir nada a cambio y mientras sigue viva. Es muy común en el ámbito familiar (por ejemplo, donar una vivienda a un hijo).
Ventajas:
- Evita disputas futuras entre herederos.
- Se puede hacer en cualquier momento.
Inconvenientes:
- Tiene coste fiscal (Impuesto de Sucesiones y Donaciones).
- El donante puede quedarse sin patrimonio si no se planifica bien.
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Pactos sucesorios: ¿se puede firmar quién hereda antes de fallecer?
Los pactos sucesorios son acuerdos en los que el causante y los futuros herederos pactan en vida el reparto de la herencia. Solo están permitidos en algunas comunidades autónomas, como Galicia, Navarra o el País Vasco.
Ejemplo: en Galicia se puede pactar que un hijo reciba la vivienda familiar como «mejora».
👉 Más información en nuestro artículo: ¿Qué son los pactos sucesorios en Galicia?
Diferencias clave entre herencia, donación y pacto sucesorio
| Concepto | ¿Cuándo se produce? | ¿Necesita aceptación del beneficiario? | ¿Tiene impuestos? |
|---|---|---|---|
| Herencia | Tras el fallecimiento | Sí | Sí, Impuesto Sucesiones |
| Donación | En vida | Sí | Sí, Donaciones |
| Pacto sucesorio | En vida (efectos en vida o tras fallecer) | Sí | Sí, pero varía según CCAA |
Recomendaciones legales
Antes de tomar cualquier decisión sobre tu patrimonio, es fundamental tener en cuenta:
- Los efectos fiscales de cada opción.
- Las limitaciones de la legítima (los herederos forzosos siempre tienen derechos).
- La normativa autonómica aplicable en tu comunidad.
📞 Consulta con un abogado antes de hacer una donación o pacto sucesorio. Evita errores irreversibles.
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