Vacaciones no disfrutadas: ¿puedo reclamarlas?

🏖️ Vacaciones no disfrutadas: ¿puedo reclamarlas?

Las vacaciones anuales retribuidas son un derecho irrenunciable de todo trabajador. Sin embargo, muchas personas se preguntan qué ocurre si no pueden disfrutarlas antes de finalizar el año o al terminar su contrato. ¿Se pierden? ¿Puedo reclamar su compensación económica? En este artículo te lo explicamos.

⚖️ ¿Qué dice la ley sobre las vacaciones?

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año. Este derecho:

  • No puede ser sustituido por compensación económica, salvo al finalizar el contrato.
  • Debe fijarse por acuerdo entre empresa y trabajador.
  • No prescribe mientras el trabajador no haya podido disfrutarlas por causa justificada (por ejemplo, baja médica).

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🔁 ¿Se pueden acumular las vacaciones no disfrutadas?

Sí, pero sólo en determinados casos:

  • Por baja médica: se pueden disfrutar hasta 18 meses después del fin de la incapacidad.
  • Por causas imputables a la empresa: si no han facilitado el disfrute dentro del año, no pueden alegar prescripción.
  • En el resto de casos, se pierden si no se usan dentro del año natural (salvo convenio más favorable).

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💶 ¿Cuándo se puede reclamar su compensación económica?

La única situación en que se permite compensar económicamente las vacaciones es al finalizar la relación laboral.

  • El finiquito debe incluir la parte proporcional de vacaciones no disfrutadas.
  • Si no se incluye o es erróneo, se puede reclamar judicialmente.

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📆 Plazo para reclamar

El plazo para reclamar vacaciones no disfrutadas o su compensación económica es de 1 año desde la finalización del contrato.

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📌 Contacta con Tu Abogado Defensor

Si no has podido disfrutar tus vacaciones o no te las han abonado al marcharte de la empresa, en Tu Abogado Defensor podemos ayudarte.

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