

Delitos económicos en herencias: ¿puede ser ilegal ocultar bienes del difunto?
La muerte de un familiar no solo puede abrir conflictos emocionales y patrimoniales, sino también puertas al delito económico. En el reparto de una herencia, ocultar bienes, manipular documentos o actuar de mala fe puede conllevar graves consecuencias legales, incluso penales.
¿Qué se considera ocultación de bienes en una herencia?
Ocurre cuando un heredero o familiar cercano esconde voluntariamente parte del patrimonio del fallecido (dinero, cuentas, propiedades, vehículos, objetos de valor…) para no incluirlo en el inventario de la herencia, y así beneficiarse en perjuicio del resto de herederos o evitar que Hacienda lo descubra.
¿Es un delito penal?
Sí, puede serlo. Las conductas más graves se encuadran en diferentes figuras del Código Penal:
- Apropiación indebida (art. 253): si el bien se ha recibido por razón de confianza y no se entrega.
- Estafa (art. 248): si se manipulan datos o testamentos para engañar al resto.
- Falsedad documental (art. 390): si se alteran documentos públicos o privados.
- Delito fiscal: si se evita intencionadamente declarar bienes al Fisco, superando el límite de 120.000 €.
Las penas pueden ir desde multas económicas hasta penas de prisión de entre 6 meses y 6 años, dependiendo de la gravedad y del tipo de delito cometido.
¿Cómo se descubre?
Muchas veces, la desconfianza entre herederos hace que alguno contrate a un abogado o investigador para descubrir cuentas ocultas, escrituras desconocidas, transferencias sospechosas, o testamentos alternativos. También pueden intervenir notarios, registros públicos y Hacienda.
¿Qué puedo hacer si sospecho que un heredero oculta bienes?
- Solicitar una auditoría legal del caudal hereditario.
- Pedir al juzgado la intervención del caudal.
- Acudir a la vía penal si hay indicios de delito.
- Reclamar judicialmente la parte que te corresponde.
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