Compra segura de vivienda en Madrid

compra segura de vivienda

 

Compra segura de vivienda en España

Una de las inversiones más importante tanto para un particular como para una empresa, es la adquisición de una vivienda o si es para una empresa la compra de su sede social o de negocio, por ello la compra segura de vivienda se ha convertido en una causa de estrés antes de la operación.

Por su parte la venta de una vivienda, también supone en muchos casos la transacción económica más importante que realiza un particular, para ello es necesario que realice una serie de gestiones y conozca las obligaciones legales que conlleva dicha operación.

Documentación que debe disponer el comprador antes de comprar una vivienda

En el caso de compra de vivienda nueva

  • Licencia de obras y certificación del técnico competente sobre la adecuación del edificio a la licencia concedida y al proyecto aprobado por el Ayuntamiento.
  • Licencia de primera ocupación del edificio, cédula de habitabilidad u otras autorizaciones administrativas que establezcan que según la ley la vivienda es habitable.
  • Boletines suscritos con las empresas suministradoras de los servicios básicos (electricidad, agua, gas y teléfono)
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad de la edificación (obra nueva), así como la existencia del seguro previsto por la Ley contra defectos o vicios ocultos en la construcción.
  • Certificado del Registro de la Propiedad sobre la situación jurídica de la vivienda.
  • Estatutos de la Comunidad (o inscripción en el Registro de la Propiedad de la escritura de obra nueva terminada y de la división horizontal).

En el caso de compra de vivienda de segunda mano

Para realizar la compra segura de vivienda, tiene que tener en cuenta la necesidad antes de comprar que debe analizar los siguientes documentos:

  • Certificado simple del Registro de la Propiedad sobre cargas o gravámenes que tenga la vivienda.

El certificado del Registro de la Propiedad, es muy importante, dado que, en el figura inscrita la descripción de la vivienda, situación de la misma, superficie, cuota de copropiedad en la propiedad horizontal, régimen administrativo que pudiera afectarle (p.e. si es una vivienda de protección oficial); las hipotecas de las que responda la vivienda y el plazo hasta su vencimiento, y cifra por capital, intereses y costas; los embargos a los que esté sometida; cualquier situación litigiosa que le afecte, así como si existe un procedimiento en curso por irregularidad urbanística. También puede obtener información, si la pide expresamente, sobre el régimen estatutario de la propiedad horizontal, las cláusulas de las hipotecas, el precio que se pagó en transmisiones anteriores o el título de adquisición.

  • Certificado de la Administración de fincas de gastos comunes y derramas.
  • Certificación de eficiencia energética.

Es conveniente que el Administrador, le indique, para viviendas con más de 50 años que tiene pasada la Inspección Técnica de Edificios (ITE).

El contrato de arras en la compraventa de la vivienda

El contrato de arras, es un contrato previo a la adquisición de la vivienda, que suele realizarse entre comprador y vendedor, con el fin de asegurar la compraventa de dicha vivienda, en función del importe, puede tener una garantía mayor o menor.

En este contrato de arras – adquisición del contrato -, se pueden establecer dos posibilidades de arras, las confirmatorias y las penitenciales.

No obstante puede leer en nuestra web todo lo referente al CONTRATO DE ARRAS 

La firma de la compra de vivienda en la notaria

Los notarios son funcionarios públicos, independientes, que otorgan la fe pública y que tienen la obligación de asesorar a las partes en el momento de la compraventa, informándoles sobre la ley que se les aplica. Además, se encargan de redactar el contrato de acuerdo con aquello que quieran las partes ajustándolo a la ley, y que adopta la forma de escritura pública.

Impuestos a pagar por la compraventa de la vivienda

En el caso de comprar una vivienda nueva, debe pagar al vendedor el Impuesto sobre el Valor Añadido.

En el caso de comprar una vivienda usada, debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales a través de una de las entidades bancarias identificadas por la Administración.

En ambos casos, si compra mediante una hipoteca debe satisfacer el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en una cuenta de la Hacienda Pública a través de las entidades bancarias colaboradoras.

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