Fases proceso penal por delito | Abogados penalistas

FASES DEL PROCESO PENAL

Las fases del proceso penal

El proceso penal por delitos es aquel procedimiento que se sigue en el ámbito de la jurisdicción penal por hechos que revisten caracteres de delito. Nuestros Abogados penalistas son expertos en proceso penal por delitos graves y leves.

Fase de Instrucción o Inicial

La fase de instrucción el la primera fase con la que comienza todo procedimiento penal.

Se inicial con la fase de investigación denominada legalmente como de instrucción, con el fin de esclarecer los hechos denunciados e identificar a los presuntos autores del delito.

Esta fase generalmente comienza con una denuncia o querella interpuesta por particular o bien mediante atestado policial o por diligencias practicadas por el Ministerio Fiscal.

La labor investigadora de los hechos denunciados corresponde al Juzgado de Instrucción competente, que generalmente es el del lugar donde se ha cometido el delito, o en algunos casos es el del lugar de la víctima como en los casos de violencia de género.

La primera acción por parte del Juez de Instrucción que tiene conocimiento de cualquier delito incoará, bien un sumario o bien diligencia previas del procedimiento abreviado, dependiendo de lo grave que sean los hechos denunciados y la pena que pueda corresponder según lo tipificado en el Código Penal.

El Juez en la fase de instrucción puede realizar las diligencias que estime por conveniente para el esclarecimiento de los hechos, y mediante todas las diligencias de investigación que estime oportuno (como reconocimiento en rueda de detenidos, entrada y registro en domicilio, declaración del imputado y de testigos, careos entre ellos, pruebas periciales, recogida de huellas dactilares o ADN, volcado del disco de ordenadores, intervenciones telefónicas y de correspondencia, etc).

El Juez de instrucción con base en las diligencias de investigación practicadas, determinará si los hechos investigados quedan indiciariamente acreditados y pueden llegar a ser constitutivos de delito y a quién corresponde su enjuiciamiento.

Si tras dicha investigación el Juez de instrucción considera que no se ha podido identificar o localizar al presunto autor o autores del delito denunciado o no se ha podido determinar si los hechos son constitutivos de delito, se procederá al sobreseimiento o archivo de la causa, que puede ser definitivo o provisional.

En otro caso, la tramitación continuará abriéndose el juicio oral.

Fase Intermedia

La fase intermedia del proceso penal, tiene lugar una vez finalizada la fase de investigación y su principal finalidad es decidir si es posible abrir el juicio oral a la vista de todo lo actuado en la fase de investigación.

En ella deben adoptarse por el Juez de Instrucción cuatro tipos de decisiones:

1) A la vista de la investigación llevada a cabo, decidirá si han de practicar nuevas diligencias de investigación.

2) Tiene que determinar la necesidad de transformar el proceso penal en el adecuado a la materia.

3) Tiene que determinar si procede el sobreseimiento de la causa o la apertura del juicio oral.

4) Si falta algún presupuesto procesal que impida el enjuiciamiento tiene que determinar el Juez de Instrucción, si procede a la subsanación o archiva las actuaciones.

Fase de Juicio Oral o Plenario

La fase de Juicio Oral o Plenario es la fase central del procedimiento penal, que se desarrolla ante un Juez diferente del que ha conocido de las fases anteriores (inicial e intermedia), para garantizar el principio de independencia e imparcialidad.

En esta fase de juicio oral, como regla general, se practicará toda la prueba y que servirá como base de la sentencia.

También esta fase puede llevarse a cabo ante un Juez Unipersonal o un Tribunal mancomunado (Audiencia Provincial, etc.)

Fase de Ejecución

La fase de ejecución se refiere al cumplimiento y ejecución de la sentencia firme en relación con la pena y a las medidas de seguridad impuesta a través de las denominadas “Ejecutorias”, siendo competente para conocer de las mismas el Juzgado o Tribunal que impuso la pena.

La imposición de la pena en el proceso penal puede ir aparejada a la declaración de responsabilidad civil del responsable del delito.

El caso más importante en esta fase es de la ejecución de la pena de prisión y demás penas impuestas en la Sentencia.

En el caso de la imposición de la pena de prisión, el cumplimiento de la pena se rige por la legislación penitenciaria y, sin perjuicio de que el penado quede en todo momento a disposición del órgano sentenciador, también interviene el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que es un órgano especializado en esta materia.

Fuente de información principal: Ley de Enjuiciamiento Criminal

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